Revista Internacional de Derecho de la Comunicación y de las Nuevas Tecnologías. SEMESTRAL. ISSN: 1988‐2629

Call for Papers 2023:  envíos abstracts hasta 30 de mayo 2023 (número octubre 2023) /Call for papers 2023: envíos abstracts hasta 31 de diciembre de 2023 (número abril 2024)

Presentamos hoy, 15 de octubre de 2023, nuestro número 35. Este es ya el segundo número de la etapa de transición de nuestra revista hacia el Catálogo de Revistas UCM. El Consejo de Redacción ha acordado acelerar los tiempos ofrecidos por la propia UCM (2 años) y se encuentra en pleno proceso de trasvase de los 34 números anteriores al servidor UCM. En este contexto, que incluye otras no sencillas actividades, sale un número con el planteamiento que habíamos anunciado; es un número MISCELÁNEA. Son muchos los artículos que llegan sobre los diversos aspectos del Derecho de la Comunicación y del Derecho de las Nuevas Tecnologías, incluyendo las disruptivas. La velocidad a la que se están producido las innovaciones apenas permite al Derecho reaccionar. Se espera el Reglamento de la UE para dentro de unas semanas o, quizás, días. El tiempo de gestación ha sido largo, en tanto que la realidad tecnológica ha avanzado a un ritmo revolucionario.

Puede observarse en los artículos que se presentan las dudas que temas tan novedosos e inesperados plantean a los propios académicos, a los investigadores, junior y senior. Arrancamos con el sesudo trabajo de Mariola Rodríguez Cardona, de la InterAmerican University de Puerto Rico, de una calidad excepcional y que nos introduce en la regulación estatal de la Inteligencia Artificial en los Estados Unidos de América y en las carencias federales de esta normativa en ese mismo país, mediante un trabajo de Derecho Comparado aleccionador.

Por su parte, Itziar Gómez Fernández, de la Universidad Carlos III y letrada del Tribunal Constitucional, comenta la sentencia del Tribunal de Estrasburgo Pryanishnikov vs. Rusia, en la que se aborda el mensaje pornográfico en su relación con la libertad de creación artística, en tanto que manifestación de la libertad de expresión. También incidiendo en un aspecto de la pornografía, la investigadora Mariana Esperanza Sánchez Pérez, de la Universidad Nacional Autónoma de México, da inicio a un trabajo de campo y a una reflexión sobre los delitos contra la intimida sexual, en el ámbito digital. Del mismo modo, otra sentencia del Tribunal de Estrasburgo, la Silverman vs. OpenAI, inspira la reflexión sobre la Inteligencia Artificial al autor del libro Informante sin límites, Adrián Moreno Fontarrosa, investigador en la Universidad Complutense de Madrid y CEO de CIBEXA.

 

También centrada en el ámbito virtual, Belén M. Chilano, de la Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires, se ocupa de la intimidad/extimidad, en un planteamiento en el que se cuestiona qué valor tiene en la actualidad, en el ámbito online, y para los jóvenes, en concreto, la intimidad tal como la hemos concebido durante décadas. Sin abandonar Internet, Miryam Georgina Alcalá Casillas, de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo (México) y Secretaria Técnica de la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Anticorrupción (Michoacán, México) envía su reflexión sobre el cibercrimen y su regulación en México, poniendo al descubierto los retos y los vacíos legales sobre este fenómeno en su país, que se pueden extender a la mayoría de los países del mundo.

Dando un paso más, Daniel Montero Zendejas, de la Universidad Nacional Autónoma de México, reflexiona sobre la viabilidad de un Derecho Cuántico punitivo, lo que se traduciría en un intento de regular la más disruptiva de las tecnologías. La investigadora de la Universidad Católica de Chiapas (México) Mercedes Guadalupe Corzo Matías presenta un trabajo cualitativo y cuantitativo efectuado sobre los mensajes lanzados por los diputados locales de Chiapas en Facebook en un periodo concreto, que corresponde al tiempo de la pandemia.

En un ámbito muy polémico durante la legislatura que se cierra en España y, sin duda, en la que comenzará, en su caso, Elisa de la Nuez Sánchez-Cascado, abogado del Estado y Presidenta de la Fundación Hay Derecho, desmenuza, desde la preocupación, los aspectos más controvertidos del anteproyecto de ley de información clasificada del Gobierno Sánchez.

Como se puede observar, sólo el último de los artículos de este número se aleja del ámbito virtual. Impresiona ver el temor y la confusión que emanan de las nuevas tecnologías. Pero hay que recordar también que numerosos aspectos convencionales del Derecho de la Comunicación continúan produciendo sus efectos en la sociedad, en la vida política y en la economía. Sirvan estos trabajos para ahondar en la reflexión que se impone, en los ámbitos fáctico, ético y legal.

 

© Belén M. Chilano

Instituto de Política y Gobierno

                                                                                                      Universidad Nacional del Noroeste de la Provincia de Buenos Aires 

                                                                                                                                   Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Resumen

En Argentina el derecho a la intimidad está reconocido constitucionalmente, y protege un área referida a la vida individual libre de la intromisión de extraños. Este derecho recobra particular importancia en la era digital -en la que la información personal puede ser fácilmente recopilada y difundida a través de la red - haciendo necesario el acercamiento jurídico riguroso a esta nueva realidad. Este trabajo aborda una de las numerosas problemáticas que suscita el uso de las redes sociales como es la vulneración de la intimidad, reflexionando sobre las diferentes respuestas que proporciona el sistema jurídico argentino. En paralelo, se busca explorar en qué medida estas cuestiones resultan ser conocidas y de preocupación en un grupo poblacional doblemente implicado, como son los/as estudiantes de abogacía.

 

Con esos fines, se implementó una metodología mixta: por un lado, se llevó a cabo un estudio descriptivo con enfoque cualitativo, con el fin de realizar un análisis doctrinal sobre la temática y, desde la óptica jurídica, examinar la normativa nacional. Además, y como complemento, se aplicó una encuesta a un grupo de jóvenes estudiantes de derecho de una universidad pública argentina para conocer cuál es su percepción sobre la intimidad y las conductas asumidas en los espacios virtuales. Los resultados indican que los/as participantes parecen ser conscientes del derecho a la intimidad como derecho fundamental y de su relevancia. Sin embargo, si bien la mayoría dice tomar medidas para proteger su intimidad, estas estrategias no son las mismas que manifiestan realizar en el mundo online.

 

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