ࡱ> (XZ(O/ 0DArialas 2manttH/ 0DTimes New RomanttH/ 0 DVerdanaw RomanttH/ 0"0DWingdingsRomanttH/ 0@DWingdings 2manttH/ 0PDGeorgias 2manttH/ 0 D .  @v?" dh  " @ ` @K      !"#$&'()+,/5 6     8:;<=>?@ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ_`abefgh 0AA@834 g4KdKd s 0ppp@ <4@w 0t$/g4;d;dTt 0(p@ pp< ʚ;ʚ;<4dddd@ x 0@0___PPT10 pp___PPT9|/ 0`     ! !+ +  - -  "0 "# #$ $%0 %  0* *& &' '( (?  %O  =(E5&Derecho de la Comunicacin en Internet'' ' 7Mara Pilar Cousido Gonzlez Curso acadmico 2010-2011&   % 6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&   6MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   A/MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD00 0 EArt. 20: Obligacin de que la publicidad vaya identificada como tal @ " < "  " F F  Art. 20 Obligacin de que la publicidad se identifique. Referencia a las competencias exclusivas CCAA en consumo, comercio e, publicidad.: " "   B/MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD00 0 /Art. 21: Prohibida la publicidad no solicitada. " ' " 0 0  Art. 21 Igual prohibicin, pero con la excepcin de que haya habido un contrato previo, que los datos hayan sido proporcionados lcitamente y que la publicidad se refiera a productos de la gama: " "   C /MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD00 0 Art. 22: Advertir al cliente de que los datos que proporcionan se usarn para envos publicitarios. Posibilidad de revocacin consentimiento.2 0" P0" P   Art. 22 Advertir al cliente de que los datos pueden ser usados para envos publicitarios. Posibilidad de revocar consentimiento. Aviso de que se usan cookies. Se pueden almacenar datos para facilitar la comunicacin o la prestacin40" P0" P&  L D!1MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre CONTRATACIN22 2  Art. 27.1: Obligaciones de informar sobre la forma de contratar Art. 27.2: Casos en que desaparece la obligacin de informar: no consumidor final, toda contratacin electrnica, salvo que se use la contratacin electrnica para incumplir la obligacin de informar  0" Z70" Z 0" Z0" Z0" ZN   Art. 27.1: Colgar del sitio web las indicaciones sobre la forma de contratar. En caso de servicios distribuidos mediante dispositivos con pantalla reducida, reenviar al sitio web. Art. 27.2:. Iguales casos en que desaparece obligacin de informar, p 0" Z0" Z0" Z:0" Z G@    K W+1MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre CONTRATACIN22 2 Art. 33: Se cita los rganos de la A.P. a los que pueden dirigirse los particulares para conseguir informacin sobre la defensa de sus derechos en la contratacin electrnica< 0" Z0" Z &$    4Art. 33: Se alude a cualesquiera rganos de la A.P.: " , " +&0    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   7'MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES formales(( ( Art. 9: Obligacin de elevar nombre dominio o direccin electrnica al Rtro. Mercantil en plazo de 1 mes desde que se sustituya o cancele.. " " &H  @  'Art.9: desaparece obligacin registralF " ! "   ( 8'MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES formales(( (  Art. 10: En el sitio tienen que aparecer los datos elevados a Rtro. Mercantil Sobre el precio, referencia al mismo y a gastos de envo. d0" P0" P 0" P0" P&B  I  Art. 10: En el sitio tienen que aparecer los datos elevados a cualquier Rtro. Referencia a normas de CC.AA. Se aade obligacin previa de informar al usuario de que hay nmeros de tflno a los que llamar con tarificacin adicional4 0" P0" PZI    M  -  6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   ]-MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  D.ad.3: Sistema arbitral, dirimir controversias por medios electrnicos Ms precisin, aludiendo a 1 rgano y a un reglamentoR " A "  " 7 "  }  @Sistema arbitral, dirimir controversias por medios electrnicos A " A A =MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  Art. 12 Retencin de datos mnimos de los alojados para localizar IPS, durante 1 ao, respetando el secreto de comunicaciones y con medidas de seguridad20" Z0" Z   Art. 12: Desaparece Art. 12 bis (nuevo): Obligacin de proveedores de informar sobre medidas de seguridad, filtros y restricciones frente a spam as como sobre los ilcitos en que se puede incurrir por red contra la propiedad intelectual, industrial y otros ilcitos penales. ~ 0" Z 0" Z0" Z0" Z0Z    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   >MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  Art. 17: Los proveedores de enlaces no responden por los contenidos a los que envan salvo que hayan sido advertidos de alguna forma o conozcan que producen lesiones. No quedarn exentos de responsabilidad cuando sus destinatarios estn controlados por ellos2 0" Z0" Z   Art. 17: La exencin de responsabilidad de los proveedores de enlaces no opera cuando el proveedor de contenidos est dirigido por el que facilita el enlace4 0" Z0" Z  E"MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  Art. 38: Infraccin muy grave: incumplir rdenes dictadas por rgano advo en supuestos art. 8 No retener datos Uso de datos retenidos para otros fines p "  " {  y&F  Q  1Art. 38: Desaparecen estas 3 infracciones graves< " ) " ) 2 F#MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  Art. 38: Infraccin grave: Incumplir art. 10.1.a) y 10.1.f): no insertar en sitio nombre, direccin y datos de contacto. No informar sobre precios, impuestos y gastos envo.T 0" Z0" Z %q   FArt. 38: Infraccin grave: Tiene que ser un incumplimiento significativo de art. 10.1.a) y 10.1.f) No poner a disposicin del pblico procedimientos sencillos para revocar el consentimiento publicitario No informar de la existencia de tlfnos caros No informar de que hay un procedimiento para rechazar el tratamiento de datos h 0" Z0" Z,0" Z H&  V G$MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES   Art. 38 Infracciones leves: No comunicar al Rtro Pco el dominio o el correo. Desaparece No dar la informacin general No respetar la normativa sobre publicidad No informar sobre forma de contratar No confirmar la recepcin de una peticin r0" P0" P0" P2 @-      Art. 38 Infracciones leves: No informar sobre filtros, medidas de seguridad, responsabilidades por usos ilcitos de Internet No dar la informacin general en el sitio No identificar la publicidad Enviar publicidad no basada en relacin previa No informar sobre el procedimiento de contratacin No confirmar la recepcin de un pedido No informar sobre procedimiento de rechazo de tratamiento de datos nuevo No informar sobre forma de revocar consentimiento publicitario nuevo|0" P0" P  c K 1 ^    H%MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  PArt. 43: Impone sanciones el rgano que dicta la resolucin incumplida. M. C+TX " @ "  " @ Q  Art. 43: Impone sanciones quien dicta resolucin incumplida M. ITC CC.AA. Agencia datos Procedimiento simplificado, 3 meses, mximo.  0" Z40" Z0" Z/0" Z0" Z 3-&E  A 9MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  @Art. 8/11 Referencia expresa al Ministerio de Ciencia y Tecnologa como competente para impedir el acceso desde Espaa a datos procedentes de otro Estado Rasgos de las medidas (idem) Procedimientos administrativos Prevista actuacin slo judicial cuando las normas atribuyan a este poder competencia interventoraN 0" P70" PBBB&    Art. 8/11 Se pierde alusin a rganos administrativos Procedimiento intracomunitario de cooperacin en UE Remisin a art. 11.3 y 11.4, que mencionan el  secuestro judicial de pginas web por daos al art. 20. Rasgos medidas (objetivas, proporcionadas, no discriminatorias) La actuacin ser judicial cuando se prevea as de modo excluyente para proteger: Libertad expresin Derecho de produccin y creacin Libertad ctedra Derecho de informacin  0" P_0" Pa0 P B_B]BB C &    X*MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  tArt. 35: Referencia al M. Ciencia y Tecnologa, como competente para obligar a los prestadores SSI a cumplir la ley. " l " u u  <Art. 35: Referencia al M. de Industria, Turismo y Comercio.0 " 4 " = = I&4MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO55 5 [Art. 18.3: Se fomentar la traduccin a lenguas UE de los cdigos de conducta voluntarios 8 " Q " Z \  gArt. 18.3: Se fomentar la traduccin a lenguas estatales y UE de los cdigos de conducta voluntarios.: " ] " \ h J'4MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO55 5 @D. ad. 5: A.P. promover accesibilidad en sitios electrnicos.. " 6 " A&   2  CD. ad. 5: Desde 2008, tambin las pginas A.P. sern accesibles. \ " 8 "   U߄ 8&,   K(4MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO55 5 D. ad. 7: No existe. " "    ZD. ad. 7: M C+T promover un plan de 4 aos para acelerar en la sociedad de informacin. L " P "  " P [ / !"#$% ' ( ) *,-0:;<?@LMNOP Q!R"S#T$U%V&[)\*`,a-b.P6  0` ___ff3ff` ___33f̙ffff` CCC` d___a%qw` *(Z___fFQt` 6CCCff3` CCCff` CCCf3f` f333ff` f333f3̙>?" dd@$?Fd@l A@lF`< v?" dd   " @ `PP   @ ` `(p>>   P 8 (  T ``   "`` B  C Hਘ@AB}C}EvFGxGH`I{QUNVWX}} }}}} `$ }} }}  G H I }} }} }}           `  `` "(`  N$.d B  C Hp@AB}C}EvFGFH`I}QUNVWX}} }}}} `$ }} }}  G H I }} }} }}           `  `` " L">d hB  s *D1"``  < "_^  c+Haga clic para cambiar el estilo de ttulo ,, G  6l "_^  kHaga clic para modificar el estilo de texto del patrn Segundo nivel Tercer nivel Cuarto nivel Quinto nivel7   l   6 #" `` `  p*$.d     6 #" ``   r*&.d     6˜ #" `` `  r*&.d   H  0޽h ? ___33f̙ffff80___PPT10. Eclipse   0 e ] `  (  T ``   "`` hB  s *D1"0`0B  C H@AB}C}EvFG3/HI}QUNVWX}} }}}} `$ }} }}  G H I }} }} }}           `  `` "``  N$.d B  S N4@AB}C}EvFG2JHÊI}QUNVWX}} }}}} `$ }} }}  G H I }} }} }}           `  `` "  L">d   < "m]  c+Haga clic para cambiar el estilo de ttulo ,,   6v "o]   r:Haga clic para modificar el estilo de subttulo del patrn;;   6 #" `` `  p*$.d     6 #" ``   r*&.d     6 #" `` `  r*&.d   H  0޽h ? ___33f̙ffff80___PPT10. 0 ~0 "(     H    0   B`  U  0   B0  P   *f  X   B  P  *f  X   Ht" N   *f  X   H-  N  *f  X <  c $rs= ? ̙3380___PPT10.Fps$- 0 $(  r  S m]  r  S o]   H  0޽h ? ___ff3ff80___PPT10.MyN  0L0 % `U(     fK__ȯ ?tt   F2 X  x @!  <T|_h_ȯ?& LEY 34/2002, SERVICIOS SOCIEDAD INFORMACIN Y COMERCIO ELECTRNICO FUENTES: Directiva 2000/31, SSI y CE en Mercado Interior. Directiva 98/27, Acciones cesacin de comportamientos contrarios a consumidores ENFOQUE LEGISLADOR: aprovechar las normas del Derecho General cuando valgan regular los aspectos nuevos y en estado de alegalidad PRINCIPIOS: 1-LIBRE PRESTACIN DE SERVICIOS 2-ESPIRITUALISTA SOBRE PERFECCIN DE CONTRATOS validez y eficacia del consentimiento electrnico no es necesaria la admisin previa o expresa de la tcnica electrnica para que el contrato sea efectivo equivalencia entre documentos en soporte papel y documentos electrnicos C8UcIP 0UcIP0UcIP0UcIPn0UcIP 0UcIPP0UcIP0UcIPpdCa aaana a Paaa@D   #    4 X  x @<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++q  0L0 % p/(     f__ȯ ?__   F2 X  x @  <_h_ȯ?&  1-SOCIEDAD INFORMACIN: OBJETO: -desventajas: incertidumbres jurdicas. -ventajas: eficiencia empresarial mejorada, ms posibilidades eleccin de usuarios: ~xb0P0UcIP0UcIP0UcIP0UcIP 0UcIPJ0UcIP0VP0P0!P  J  4 X  x @<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++`  0L0 % z (      fX__ȯ ?__   F2 X  x @  <T_h_ȯ? ~mbito objetivo general sometido al pr. libre prestacin servicios: .contratacin de bienes y servicios va electrnica .suministro de informacin electrnica (as, medios comunicacin electrnicos) .intermediacin para ..proveer de acceso a redes, ..transmitir datos por redes, ..realizar copias temporales de pginas de Internet solicitadas, ..alojar informacin, servicios o aplicaciones en los servidores ..proveer de instrumentos de bsqueda ..proveer de instrumentos de enlace a otros sitios ..cualquier servicio a peticin individual de los usuarios (descarga de archivos de video o audio, v.gr.) con tal de que sea una actividad econmica para el prestador 8D8Pe0PEd@$  =  B 2 X  x @<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++   0L0 %   $> (  $ $  fL__ȯ ?__   F2 X  x @  $ <_h_ȯ?   excepciones objetivas al principio de libre prestacin de servicios: .servicios de la sociedad de la informacin originados en EEE que produzcan ..daos en valores fundamentales (O.P.; salud pblica; menores) ..peligros en valores fundamentales .servicios de la sociedad de la informacin extra-EEE que afecten a materias excluidas del principio de pas de origen, dndose la circunstancia de que se les aplica necesariamente la ley espaola  sta u otra-, a saber, ..servicios que afecten a derechos de autor ..servicios que afecten a propiedad industrial ..servicios publicitarios de entidades de inversin colectiva ..servicios de prestacin de seguros directos ..obligaciones contractuales adquiridas por consumidores- personas fsicas ..cuando la ley permite que las partes elijan la legislacin aplicable ..publicidad electrnica no solicitada <G8P0PG@     2 X  x @< $ c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++r  . 0   r (  x  c $H'fs     c $D' T <4___PPT9 Art. 4.1: Remite al art. 7.2 y 8 A) restricciones: o.p.; seguridad pca. y defensa nacional; salud pca; usuarios y consumidores; igualdad y no discriminacin; juventud e infancia Aplicar la libre prestacin de servicios a Estados no EEE depender de Tratados internacionales T "  " "BBbBf5         b  c $,m ]pT <4___PPT9 Art. 4.1: Remite al art. 7.2 y 11.2: A)obligada colaboracin  suspensin-intermediarios S.S.I. en Espaa B)Aplicar la libre prestacin de servicios a Estados no EEE depender de Tratados internacionales n " b "  " c " B B(           Y    s *L Y  2Modificacin introducida por Ley Economa Sostenible: A las restricciones citadas a la izquierda de esta diapositiva se suma la concerniente a la salvaguarda de los derechos de propiedad intelectual Se autoriza a los rganos competentes, para identificar a responsables del S.S.I. vulnerador de propiedad intelectual, a requerir a los prestadores S.S.I. datos que permitan identificarlo J7M7B MB C @  D  $ H  0޽h ? ̙3380___PPT10.KUp   0L0 %   PT. (  T T  f6__ȯ ?__   F2 X  x @ T <(_h_ȯ?6 $Objeto: El servicio consistente en compraventa inmobiliaria sobre bienes radicados en Espaa se somete a los requisitos de validez y eficacia espaoles. Se aplica la LSSI a juegos de azar electrnicos, aunque podran ser sometidos a un recorte en el pr. libre prestacin servicios, si encajan en alguno de los supuestos para los que est previsto que se recorte el principio libre prestacin (afectacin valores constitucionales intangibles). No se aplica la LSSI a los servicios electrnicos de notarios, registradores, abogados, procuradores No se aplicar la ley espaola  la ley del destinatario del servicio- cuando la ley especial espaola  la que regula las materias que permiten restringir la libre prestacin de servicios- permita elegir entre leyes llamadas a ser aplicadas. xb paaaaraa(a0aaCZ  C  D   6 X  x @`< T c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++4  0L0 % VN((  ( (  flG__ȯ ?__   F2 X  x @ ( <db__ȯ? R  SUJETO JURDICO 1.Operadores telecomunicaciones 2.Proveedores de acceso a Internet 3.Titulares de portales 4.Titulares de motores de bsqueda 5.Cualquier sujeto que tenga un sitio electrnico a travs del cual desarrolle las actividades electrnicas. SUJETO LEGAL a)Prestadores establecidos en Espaa (Establecerse= dirigir y gestionar la actividad desde Espaa=domicilio fiscal). b)No residentes que tienen en Espaa un establecimiento permanente, SLO EN RELACIN CON LOS SERVICIOS QUE PRESTEN DESDE ESPAA. Sujecin parcial a la ley. x8P8UcIP0eeEsP 0P#0oP;0_Pm0U s P0EQICP 8UcIPw0|_P0rcstP0ieesP Z      j   4 X  x @< ( c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++#   0L0 % E=D(  D D  fk__ȯ ?__   F2 X  x @ D < _h_ȯ? A MATICES-Sujetos: establecimiento en Espaa: presuncin: cuando el prestador/alguna sucursal est inscrita en el Registro Mercantil. Permanencia: cuando las instalaciones o lugares de trabajo estn radicados en el lugar de forma habitual o continuada. EEE/UE: el prestador puede estar establecido en otro Estado pero sus destinatarios radicarn en Espaa y los servicios afectarn a las materias que limitan la libre prestacin de servicios 8P0UcIP0UcIPX0UcIP0Px0UcIP0UcIP0UcIP0 Pccc  4 X  x @< D c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++6   0L0 % XP,(  , ,  f̤__ȯ ?__   F2 X  x @ , <_h_ȯ? T CONTENIDO Deberes: 1-deber de colaboracin por parte de los prestadores de servicios (consistentes en trasmisin, copia, alojamiento y localizacin de datos en red) para impedir la difusin de contenidos o de servicios ilcitos, bajo la amenaza de responsabilizarlos civil, penal o administrativamente 2-obligacin de facilitar el acceso a los datos del sitio 3-obligacin de informar a los destinatarios de los precios de los servicios 4-obligacin de permitir a los destinatarios que visualicen, impriman y archiven las CONDICIONES GENERALES de CONTRATACIN. 5-obligacin de guiar a los consumidores en el proceso de contratacin, indicando pasos a dar y forma de corregir errores en la introduccin de datos 6-obligacin de confirmar la recepcin de la aceptacin . 7-obligacin de identificar la publicidad Prohibiciones: 1-prohibicin de enviar publicidad electrnica, salvo que haya consentimiento expreso. J 8P0P    @h'%X  2 X  x @< , c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0 % `N(  ` `  f__ȯ ?__   F2 X  x @ ` < ֹ__ȯ?d& CONTENIDO: Los datos que tiene que dar a conocer el prestador son: 1-nombre, residencia, mail (comunicacin directa y efectiva) 2-inscripcin en Registro 3-autorizacin adva previa y rgano de supervisin 4-para profesiones reguladas: .Colegio .ttulo .Estado de expedicin del ttulo .normas profesionales .nmero identificacin fiscal .informacin precio servicio .cdigos conducta adheridos Si los datos estn en el sitio, la obligacin est cumplida. ` 8U0UCa-ae?a&   2 X  x @< ` c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  PD(    # l(׹_ж_ж ?GG   L8 @ @ @  # l_ж_ж ?tI   J6  >~> ~ >~  # l_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  pD(    # lغ_ж_ж ?tt   L8 @ @ @  # l_ж_ж ?tI   J6  >~> ~ >~  # le_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  D(    # lLǺ_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # l?_ж_ж ?tI   J6  >~> ~ >~  # l-_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  D(    # l<ٺ_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # l_ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~  # l_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ * 0L0  $D(  $ $ # l|_ж_ж ?tt   L8 @ @ @ $ # l__ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~ $ # l_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~< $ c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++L  0L0 % nf0 (  0 0  fH%__ȯ ?__   F2 X  x @ 0 <5_h_ȯ?T& jPRINCIPIO GENERAL DE RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL RADICACIN ESPACIO-TEMPORAL Muy relevante, pues el lugar de establecimiento del prestador determina la ley y las autoridades competentes para el control de su cumplimiento. El criterio: ley del pas de origen (SINNIMO DEL ANTERIOR Y EQUIVALENTE AL LUGAR DE RADICACIN DEL SERVIDOR) Igual que para los dems contratos celebrados a distancia, unificando los criterios de los C.C y C.Com. 18UcIP0O%P8Ph0UcIP0_P1cccc(c`ccc@     4 X  x @< 0 c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++    0L0 %   4a (  4 4  fDF__ȯ ?__   F2 X  x @- 4 <O_h_ȯ?T< PERFECCIONAMIENTO CONTRACTUAL: LUGAR/MOMENTO EL LUGAR DE PERFECCIONAMIENTO: (a)si interviene un CONSUMIDOR, se presume celebrado en el lugar en que el CONSUMIDOR tiene su residencia habitual. (b)si son dos empresarios/profesionales, salvo pacto expreso entre partes, se presume celebrado en el lugar en que est establecido el PRESTADOR DE SERVICIOS (=lugar desde el que se hace la oferta) Del consentimiento 1262. El consentimiento se manifiesta por el concurso de la oferta y de la aceptacin sobre la cosa y la causa que han de constituir el contrato. Hallndose en lugares distintos el que hizo la oferta y el que la acept, hay consentimiento desde que el oferente conoce la aceptacin o desde que, habindosela remitido el aceptante, no pueda gnorarla sin faltar a la buena fe. El contrato, en tal caso, se presume celebrado en el lugar en que se hizo la oferta. En los contratos celebrados mediante dispositivos automticos hay consentimiento desde que se manifiesta la aceptacin. EL MOMENTO DE PERFECCIONAMIENTO: El de prestacin del consentimiento por parte del destinatario de los servicios, de tal forma que no puede ser ignorado sin faltar a la buena fe. `.8P0P 0UcIPv0svpoP0Pd!0UcIP0a sP0赕P.c#cc c?ccycNc3B5c(ccnccZR  r  1   4 X  x @< 4 c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  D(    # ll_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # lxV_ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~  # lb_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  D(    # l(_ж_ж ?   L8 @ @ @  # l_ж_ж ?tI   J6  >~> ~ >~  # l_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++   0L0 % <W(  < <  f__ȯ ?__   F2 X  x @# < <__ȯ?' AUTORREGULACIN Se promueve la elaboracin de cdigos de conducta Se promueve el recurso al arbitraje Se promueve el uso de medios electrnicos en la tramitacin de los procedimientos arbitrales Se promueve el uso de la accin de CESACIN para frenar conductas contrarias a esta Ley que vulneren derechos de usuarios y consumidores Se promueve la relacin entre usuarios y A.P. para informarse Se promueve la presencia de minoras en red (ventanilla nica) hxbpUcIapaaa&u  R 4 X  x @< < c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ , 0L0  P4D(  4 4 # l_ж_ж ?__   L8 @ @ @ 4 # l0_ж_ж ?tI   J6  >~> ~ >~ 4 # l0_ж_ж ?~ S  J6  >~> ~ >~< 4 c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  0D(    # l_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # ld_ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~  # l_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++   0L0 % @(  @ @  f__ȯ ?__   F2 X  x @[ @ <x_h_ȯ? 1 RGIMEN SANCIONADOR PROPORCIONADO Y EFICAZ Tpb.xbpa`/c 2 2 X  x @< @ c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0 % 3+ H(  H H  f__ȯ ?__   F2 X  x @ H </__ȯ?7 /MATICES-RESPONSABILIDADES: Las medidas adoptadas respetarn los principios de objetividad, proporcionalidad y no discriminacin. Podrn ser cautelares o de ejecucin de la resolucin. Si las restricciones son administrativas: el rgano advo espaol requerir al rgano EEE/UE para que acte. Si no lo hace, se notificar a la Comisin UE, con carcter previo, las medidas que van a ser adoptadas. Si hay urgencia, se adoptarn las medidas y se notificarn antes de 15 das al Estado y a la Comisin, explicando la causa de la urgencia. xb71cI UcIcc(c:c&  * 2 X  x @< H c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++'   0L0 % IA@P(  P P  fH__ȯ ?__   F2 X  x @ P <T_,_ȯ? E+ EL PROCEDIMIENTO: los rganos competentes espaoles podrn adoptar medidas destinadas a interrumpir la prestacin sdad. informacin o a retirar los datos cuando los prestadores vulneren el orden pblico, la investigacin penal, la seguridad pblica, la defensa nacional, la salud pblica/personas fsicas-consumidores y usuarios, la dignidad personal, la no discriminacin por motivos de raza, sexo, religin, nacionalidad, discapacidad, etc., la proteccin de la juventud y de la infancia. Los procedimientos que impongan medidas restrictivas debern respetar los derechos a la intimidad, los datos personales, el derecho a la informacin. Si la ley espaola aplicable exige que sea la autoridad judicial la que acte, ser sta la que lo haga. Si una resolucin acuerda interrumpir la prestacin de un servicio o retirar unos datos, con el fin de impedir desde Espaa el acceso a esos datos o servicios, el Ministerio (Ciencia y Tecnologa) podr ordenar a los prestadores de servicios de intermediacin que tomen las medidas necesarias para impedir el acceso. xFpUcIFp(X_FcCG>c&t   4 X  x @< P c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  D(    # l`_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # l8t_ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~  # llz_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++   0L0  F(    # l_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # l8_ж_ж ?tI   L8 >~> ~ >~  # l_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ ! 0L0  D(    # l|_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # l4_ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~  # lM_ж_ж ?~ _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ " 0L0  >(     f_ж_ж ?'gt   L8 @ @ @  # lL_ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~  # l(_ж_ж ?P _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ # 0L0  0D(    # l_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # l@6_ж_ж ?tI   J6  >~> ~ >~  # lD _ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++  0L0  @(    # l_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # l8A_ж_ж ?]f   J6  >~> ~ >~   f$%_ж_ж ?/ R  L8 >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ ) 0L0  D(    # l;_ж_ж ?GG   L8 @ @ @  # lXC_ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~  # lT_ж_ж ?~ S  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ $ 0L0  PD(    # lX_ж_ж ?tt   L8 @ @ @  # lb_ж_ж ?_4   J6  >~> ~ >~  # la_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ % 0L0  pD(    # l8l_ж_ж ?ttu   L8 @ @ @  # l{_ж_ж ?]G ~  J6  >~> ~ >~  # l܅_ж_ж ? _  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ & 0L0  >(    # lT_ж_ж ?__   L8 @ @ @  # l(_ж_ж ?tI   J6  >~> ~ >~   f_ж_ж ?m ]%  J6  >~> ~ >~<  c $޽h ? ̙33ZR___PPT102.]0G+D' = @B D' = @BA?%,( < +O%,( < ++ 0 t&(  tR t 3 ?    t s * ? V   " B t s *rs= ? ̙33 5 0 x&(  xR x 3 ?    x s * ? V   " B x s *rs= ? ̙33 5 0 |&(  |R | 3 ?    | s * ? V   " B | s *rs= ? ̙33 5 0 &(  R  3 ?     s *L ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5 0 &(  R  3 ?     s *  ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5 0  &(  R  3 ?     s * ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5 0 0&(  R  3 ?     s * ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5  0 @&(  R  3 ?     s * ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5  0 `&(  R  3 ?     s * ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5  0 p&(  R  3 ?     s * ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5  0 &(  R  3 ?     s * ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5 0 &(  R  3 ?     s * ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5 0 &(  R  3 ?     s *t ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5 0 &(  R  3 ?     s *d ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5 0 &(  R  3 ?     s * ? V   " B  s *rs= ? ̙33 5  0 b(  v  6?      B  ?  V   " B  s *rs= ? ̙33  0 b(  v  6?      B  ?  V   " B  s *rs= ? ̙33  0 b(  v  6?      B ?  V   " B  s *rs= ? ̙33  0  b(  v  6?      B ?  V   " B  s *rs= ? ̙33  0 @b(  v  6?      B ?  V   " B  s *rs= ? ̙33  0 `b(  v  6?      B" ?  V   " B  s *rs= ? ̙33  0 b(  v  6?      B( ?  V   " B  s *rs= ? ̙33   0 b(  v  6?      B. ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 ! 0 b(  v  6?      B@4 ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 " 0 b(  v  6?      B8: ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 # 0 b(  v  6?      Bx# ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 $ 0  b(  v  6?      BlD ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 % 0 @b(  v  6?      B\J ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 & 0 `b(  v  6?      B: ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 ' 0 b(  v  6?      BT ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 ( 0 b(  v  6?      BZ ?  V   " B  s *rs= ? ̙33 * 0  b(   v   6?       B` ?  V   " B   s *rs= ? ̙33 + 0  (b(  (v ( 6?     ( Bf ?  V   " B ( s *rs= ? ̙33 - 0 `8b(  8v 8 6?     8 Bl ?  V   " B 8 s *rs= ? ̙33 0 p< (  <X < C      < S F  U   " H < 0rs= ? ̙3380___PPT10.iN 0 @ (  @X @ C      @ S r  U   " H @ 0rs= ? ̙3380___PPT10.iWrdxՁtUϹ6&@$ ) 0WtIq5s!u wxz|~'@m, YE013``Zkݣ_ U1E9Ym (Y?DwJO`3fkѠ !5ID[[0]q`0ɹbXZ(O/ 0DArialas 2manTTH/ܖ 0ܖ    uPresentacin en pantallae$$ +ArialTimes New RomanVerdana Wingdings Wingdings 2GeorgiaEclipse'Derecho de la Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en InternetMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet0MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD0MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD0MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD2MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre CONTRATACIN2MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre CONTRATACIN7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet(MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES formales(MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES formales7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en InternetMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en InternetMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES5MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO5MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO5MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO Fuentes usadasPlantilla de diseoTtulos de diapositiva$-.  #_ 0Maria PilarMaria Pilar@"Verdana-.  2 Dk.-@"Verdana-.  2 Dolez.-@"Verdana-.  2 Dx.-@"Verdana-. 2 M Curso acad.-@"Verdana-.  2 M>.-@"Verdana-. 2 MB mico 2010.-@"Verdana-.  2 Md-.-@"Verdana-.  2 Mg2011.-՜.+,0    uPresentacin en pantallae$$ +ArialTimes New RomanVerdana Wingdings Wingdings 2GeorgiaEclipse'Derecho de la Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en InternetMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet0MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD0MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD0MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD2MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre CONTRATACIN2MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre CONTRATACIN7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet(MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES formales(MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES formales7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en InternetMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7Marco normativo general Dcho. Comunicacin en InternetMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONESMODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES5MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO5MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO5MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO Fuentes usadasPlantilla de diseoTtulos de diapositiva$#_5 0Maria PilarMaria Pilar  !"#$%&'()*+,-./0123456789:;<=>?@ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ[\]^_`abcdefghijklmnopqrstuvwxyz{|}~Root EntrydO))Current User\ASummaryInformation( PowerPoint Document(DocumentSummaryInformation87       !"#$%&'*+,-./DTimes New RomanTTH/ܖ 0ܖ DVerdanaw RomanTTH/ܖ 0ܖ"0DWingdingsRomanTTH/ܖ 0ܖ@DWingdings 2manTTH/ܖ 0ܖPDGeorgias 2manTTH/ܖ 0ܖ D .  @v?" dh  " @ ` @K      !"#$&'()+,/5 6     8:;<=>?@ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ_`abefgh 0AA@834 g4KdKd s 0ppp@ <4 w 0T$/g4;d;dTt 0(p@ pp< ʚ;ʚ;<4dddd  x 0 0___PPT10 pp___PPT9|/ 0`     ! !+ +  - -  "0 "# #$ $%0 %  0* *& &' '( (?  %O  =(E5&Derecho de la Comunicacin en Internet'' ' 7Mara Pilar Cousido Gonzlez Curso acadmico 2010-2011&   % 6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&   6MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7 {&   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   A/MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD00 0 EArt. 20: Obligacin de que la publicidad vaya identificada como tal @ " < "  " F F  Art. 20 Obligacin de que la publicidad se identifique. Referencia a las competencias exclusivas CCAA en consumo, comercio e, publicidad.: " "   B/MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD00 0 /Art. 21: Prohibida la publicidad no solicitada. " ' " 0 0  Art. 21 Igual prohibicin, pero con la excepcin de que haya habido un contrato previo, que los datos hayan sido proporcionados lcitamente y que la publicidad se refiera a productos de la gama: " "   C /MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre PUBLICIDAD00 0 Art. 22: Advertir al cliente de que los datos que proporcionan se usarn para envos publicitarios. Posibilidad de revocacin consentimiento.2 0" P0" P   Art. 22 Advertir al cliente de que los datos pueden ser usados para envos publicitarios. Posibilidad de revocar consentimiento. Aviso de que se usan cookies. Se pueden almacenar datos para facilitar la comunicacin o la prestacin40" P0" P&  L D!1MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre CONTRATACIN22 2  Art. 27.1: Obligaciones de informar sobre la forma de contratar Art. 27.2: Casos en que desaparece la obligacin de informar: no consumidor final, toda contratacin electrnica, salvo que se use la contratacin electrnica para incumplir la obligacin de informar  0" Z70" Z 0" Z0" Z0" ZN   Art. 27.1: Colgar del sitio web las indicaciones sobre la forma de contratar. En caso de servicios distribuidos mediante dispositivos con pantalla reducida, reenviar al sitio web. Art. 27.2:. Iguales casos en que desaparece obligacin de informar, p 0" Z0" Z0" Z:0" Z G@    K W+1MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES sobre CONTRATACIN22 2 Art. 33: Se cita los rganos de la A.P. a los que pueden dirigirse los particulares para conseguir informacin sobre la defensa de sus derechos en la contratacin electrnica< 0" Z0" Z &$    4Art. 33: Se alude a cualesquiera rganos de la A.P.: " , " +&0    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   7'MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES formales(( ( Art. 9: Obligacin de elevar nombre dominio o direccin electrnica al Rtro. Mercantil en plazo de 1 mes desde que se sustituya o cancele.. " " &H  @  'Art.9: desaparece obligacin registralF " ! "   ( 8'MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES formales(( (  Art. 10: En el sitio tienen que aparecer los datos elevados a Rtro. Mercantil Sobre el precio, referencia al mismo y a gastos de envo. d0" P0" P 0" P0" P&B  I  Art. 10: En el sitio tienen que aparecer los datos elevados a cualquier Rtro. Referencia a normas de CC.AA. Se aade obligacin previa de informar al usuario de que hay nmeros de tflno a los que llamar con tarificacin adicional4 0" P0" PZI    M  -  6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   ]-MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  D.ad.3: Sistema arbitral, dirimir controversias por medios electrnicos Ms precisin, aludiendo a 1 rgano y a un reglamentoR " A "  " 7 "  }  @Sistema arbitral, dirimir controversias por medios electrnicos A " A A =MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  Art. 12 Retencin de datos mnimos de los alojados para localizar IPS, durante 1 ao, respetando el secreto de comunicaciones y con medidas de seguridad20" Z0" Z   Art. 12: Desaparece Art. 12 bis (nuevo): Obligacin de proveedores de informar sobre medidas de seguridad, filtros y restricciones frente a spam as como sobre los ilcitos en que se puede incurrir por red contra la propiedad intelectual, industrial y otros ilcitos penales. ~ 0" Z 0" Z0" Z0" Z0Z    6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   6Marco normativo general Dcho. Comunicacin en Internet7b7{&   >MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  Art. 17: Los proveedores de enlaces no responden por los contenidos a los que envan salvo que hayan sido advertidos de alguna forma o conozcan que producen lesiones. No quedarn exentos de responsabilidad cuando sus destinatarios estn controlados por ellos2 0" Z0" Z   Art. 17: La exencin de responsabilidad de los proveedores de enlaces no opera cuando el proveedor de contenidos est dirigido por el que facilita el enlace4 0" Z0" Z  E"MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  Art. 38: Infraccin muy grave: incumplir rdenes dictadas por rgano advo en supuestos art. 8 No retener datos Uso de datos retenidos para otros fines p "  " {  y&F  Q  1Art. 38: Desaparecen estas 3 infracciones graves< " ) " ) 2 F#MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  Art. 38: Infraccin grave: Incumplir art. 10.1.a) y 10.1.f): no insertar en sitio nombre, direccin y datos de contacto. No informar sobre precios, impuestos y gastos envo.T 0" Z0" Z %q   FArt. 38: Infraccin grave: Tiene que ser un incumplimiento significativo de art. 10.1.a) y 10.1.f) No poner a disposicin del pblico procedimientos sencillos para revocar el consentimiento publicitario No informar de la existencia de tlfnos caros No informar de que hay un procedimiento para rechazar el tratamiento de datos h 0" Z0" Z,0" Z H&  V G$MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES   Art. 38 Infracciones leves: No comunicar al Rtro Pco el dominio o el correo. Desaparece No dar la informacin general No respetar la normativa sobre publicidad No informar sobre forma de contratar No confirmar la recepcin de una peticin r0" P0" P0" P2 @-      Art. 38 Infracciones leves: No informar sobre filtros, medidas de seguridad, responsabilidades por usos ilcitos de Internet No dar la informacin general en el sitio No identificar la publicidad Enviar publicidad no basada en relacin previa No informar sobre el procedimiento de contratacin No confirmar la recepcin de un pedido No informar sobre procedimiento de rechazo de tratamiento de datos nuevo No informar sobre forma de revocar consentimiento publicitario nuevo|0" P0" P  c K 1 ^    H%MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  PArt. 43: Impone sanciones el rgano que dicta la resolucin incumplida. M. C+TX " @ "  " @ Q  Art. 43: Impone sanciones quien dicta resolucin incumplida M. ITC CC.AA. Agencia datos Procedimiento simplificado, 3 meses, mximo.  0" Z40" Z0" Z/0" Z0" Z 3-&E  A 9MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  @Art. 8/11 Referencia expresa al Ministerio de Ciencia y Tecnologa como competente para impedir el acceso desde Espaa a datos procedentes de otro Estado Rasgos de las medidas (idem) Procedimientos administrativos Prevista actuacin slo judicial cuando las normas atribuyan a este poder competencia interventoraN 0" P70" PBBB&    Art. 8/11 Se pierde alusin a rganos administrativos Procedimiento intracomunitario de cooperacin en UE Remisin a art. 11.3 y 11.4, que mencionan el  secuestro judicial de pginas web por daos al art. 20. Rasgos medidas (objetivas, proporcionadas, no discriminatorias) La actuacin ser judicial cuando se prevea as de modo excluyente para proteger: Libertad expresin Derecho de produccin y creacin Libertad ctedra Derecho de informacin  0" P_0" Pa0 P B_B]BB C &    X*MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES  tArt. 35: Referencia al M. Ciencia y Tecnologa, como competente para obligar a los prestadores SSI a cumplir la ley. " l " u u  <Art. 35: Referencia al M. de Industria, Turismo y Comercio.0 " 4 " = = I&4MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO55 5 [Art. 18.3: Se fomentar la traduccin a lenguas UE de los cdigos de conducta voluntarios 8 " Q " Z \  gArt. 18.3: Se fomentar la traduccin a lenguas estatales y UE de los cdigos de conducta voluntarios.: " ] " \ h J'4MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO55 5 @D. ad. 5: A.P. promover accesibilidad en sitios electrnicos.. " 6 " A&   2  CD. ad. 5: Desde 2008, tambin las pginas A.P. sern accesibles. \ " 8 "   U߄ 8&,   K(4MODIFICACIONES/ACTUALIZACIONES de MEDIDAS DE FOMENTO55 5 D. ad. 7: No existe. " "    ZD. ad. 7: M C+T promover un plan de 4 aos para acelerar en la sociedad de informacin. L " P "  " P [ / !"#$% ' ( ) *,-0:;<?@LMNOP Q!R"S#T$U%V&[)\*`,a-b.PrY5b  !"#$%&'()*+,-./012345689:;<=>?@ABCDEFGHIJKLMNOPQRSTUVWXYZ[]Oh+'0d `h (DERECHO DE LA COMUNICACIN EN INTERNETEcho Maria Pilar50@.0@@@ž G\ g  &2  y--$xx--'--%,,--'--2$ "&*.38<AEI MPSUUU--'ff--2$    $(, 0 4 8<?BEEE --'@"Verdana-. 33f2 Derecho de la ."System7-@"Verdana-. 33f2 ( Comunicaci .-@"Verdana-. 33f 2 (N.-@"Verdana-. 33f2 (T n en Internet.-@"Verdana-.  2 DMar.-@"Verdana-.  2 D'.-@"Verdana-. 2 D)a Pilar .-@"Verdana-. 2 D@Cousido .-@"Verdana-.  2 D[Gonz.-@"Verdana-.  2 Dk.-@"Verdana-.  2 Dolez.-@"Verdana-.  2 Dx.-@"Verdana-. 2 M Curso acad.-@"Verdana-.  2 M>.-@"Verdana-. 2 MB mico 2010.-@"Verdana-.  2 Md-.-@"Verdana-.  2 Mg2011.-՜.+,0